miércoles, 12 de diciembre de 2007

TRAIGAN A ILAY CURELOVICH

De acuerdo al Reglamento Consular, pueden acogerse al beneficio de la repatriación los argentinos que prueben fehacientemente su estado de indigencia, informó la Embajada Argentina en España. De acuerdo a la respuesta brindada por el Consejero de Relaciones con la Comunidad y Derechos Humanos de la Embajada Argentina en Madrid, Carlos María Duhalde, a una nota de la Coordinadora de Entidades Argentinas en España, la posibilidad de repatriación de compatriotas indigentes está prevista por el Reglamento Consular. La respuesta de la Embajada Argentina, difundida por la mencionada Coordinadora, en la que responde a varias inquietudes de la entidad, dice con respecto a la pregunta referida a la 'Política de retorno de argentinos con problemas graves de salud', que "el artículo 18 del Reglamento Consular prevé la repatriación de ciudadanos argentinos en casos de indigencia absoluta debiendo ser estudiado cada caso en particular". Es interesante difundir esta posibilidad, ya que por lo general, los que podrían ser beneficiarios de la aplicación del citado reglamento, lo desconocen. Nos consta que en circunstancias desesperadas, familias argentinas, han tenido que recurrir a entidades como la Cruz Roja Española -que cuenta con un programa para la repatriación de inmigrantes indigentes- para poder retornar al país. De acuerdo a la información de la Embajada Argentina, los artículos 151, 152 y 153 del Reglamento Consular, señalan las condiciones de la repatriación...

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Bien la campaña ahí, estoy indigente de dulce de leche. Traiganme para las fiestas, mi vieja se va poner feliz.

Anónimo dijo...

Bombón corazón de Dulce de Leche y mmmmmmmmmmm unas cuantas cosas más.
Tu felicidad es lo que nos hace felíz a los que te queremos.Muack